En su seccion de Calendario de Febrero 2012, indica el dia 29 como fecha limite para presentar la Declaracion Anual de Pequeños Contribuyentes, y en su seccion de comentarios del 02/02/2012 sobre REPECOS, indican que “los Repecos tienen la exención de obligaciones de: registro de ingresos, separación de coeficientes de valor agregado, declaración informativa anual,”…entonces…se debe o no se debe presentar dicha declaracion?
↧